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Dictan veredicto condenatorio para madre y padrastro en caso de Melissa

El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de La Serena dictó veredicto condenatorio en contra de M.L.A.P., en calidad de autora de los delitos consumados de parricidio e incendio; y de L.A.S.E., como autor del delito consumado y reiterado de abuso sexual de menor. Ilícitos perpetrados en 2014 y 2020, en la comuna de Coquimbo.

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El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de La Serena dictó veredicto condenatorio en contra de M.L.A.P., en calidad de autora de los delitos consumados de parricidio e incendio; y de L.A.S.E., como autor del delito consumado y reiterado de abuso sexual de menor. Ilícitos perpetrados en 2014 y 2020, en la comuna de Coquimbo.

En resolución unánime, el tribunal tras la deliberación de rigor, dio por acreditado tanto la ocurrencia de los delitos como la participación culpable de M.A.L.P. y de L.A.S.E. en los hechos.

En la causa, el tribunal decretó la absolución de L.A.S.E, de los cargos que le atribuía autoría en el delito de violación impropia, y de M.A.L.P., como encubridora de los delitos reiterados de abuso sexual y violación de menor de 14 años de edad, al no lograr la prueba rendida acreditar la comisión de los delitos.

El tribunal arribó a la convicción, más allá de toda duda razonable, que en el transcurso de 2014, L.A.S.E., al interior del domicilio, ubicado en la parte alta de la comuna de Coquimbo, en el cual convivía con M.A.L.P, en forma reiterada y en distintas ocasiones, abusó sexualmente de la víctima, la hija de su conviviente.

Asimismo, en septiembre de 2020, los sentenciados se trasladaron a vivir juntos, con la víctima y el hijo en común, a un domicilio ubicado en la villa Talinay de Coquimbo. Inmueble donde, entre mediados de dicho mes y el 26 de noviembre de 2020, L.A.S.E. efectuó reiterados actos de significación sexual en contra de la menor.

Finalmente, el tribunal dio por establecido que, entre las 10:26 y las 11:12 horas del 26 de noviembre de 2020, en el interior del domicilio de la villa Talinay, M.L.A.P. portando un cuchillo se dirigió hasta el dormitorio de su hija de 12 años de edad, ubicado en el segundo piso. Pieza en la que procedió a agredirla con el arma blanca mientras se encontraba acostada en la parte superior de un camarote, provocándole a la menor múltiples lesiones que le causaron la muerte. Luego, M.L.A.P. le prendiendo fuego al colchón inferior de la litera, generando un incendio que consumió parte del mobiliario de la habitación.

“No se puede dejar de explicitar, que resulta particularmente difícil al momento de la ponderación de la prueba, al no existir evidencia directa y concluyente, adquirir la convicción, más allá de toda duda razonable, de que aquellas personas que naturalmente están en posición de cuidado de los niños, como son los padres, transgredan ese deber de un modo tan irremediable e irreversible como lo es el atentar en contra de la vida de ellos, de la manera tan cruel y cruenta como ocurrió en este caso. Pero en esta situación en específico, no se puede soslayar y ponderar que, en la historia vital de la niña, desde muy pequeña padeció la desprotección de su madre en momentos en que fue víctima de graves agresiones en contra de su indemnidad sexual”, consigna el acta de deliberación.

“Al finalizar este esbozo de las principales razones que se han tenido a la vista para tomar la decisión que se explicita, debemos reflexionar que la trágica e incomprensible muerte de la niña, solo se explica en un relato que se encadena con sucesivos eslabones de invisibilización y vulneración de los derechos de la víctima, en cuanto niña y mujer. Ella fue sometida, en un acto de abuso de poder masculino, a la vulneración de su integridad sexual a sus cortos seis años de edad, no solo no fue oída ni protegida por su entorno familiar más cercano, sino que cuestionada su credibilidad, sacrificándose su desarrollo al amparo de su figura más querida y significativa como lo era su madre, en favor de la permanencia de su agresor como el referente de autoridad dentro de su casa, para que finalmente, en un entorno de pandemia que la dejó a merced del autor de los abusos, acentuando su vulnerabilidad, muriera a manos de su madre, en un acto brutal que puso de manifiesto, nuevamente y ahora de manera definitiva, la opción de privilegiar la presencia y permanencia del hombre en la casa”, añade el dictamen.

La audiencia de comunicación de la sentencia –que será redactada por la magistrada Gallardo Labraña– quedó programada para el mediodía del próximo sábado 27 de mayo.

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