Comunales
Corte Suprema acogió recurso de protección contra Municipio de Coquimbo tras negarse a recibir pago de permiso
El recurrente, J.E.A.A, acudió a la Municipalidad para pagar la patente correspondiente al segundo semestre de 2023 el 18 de julio, pero se le negó el pago. Un funcionario municipal le informó que primero debía obtener nuevamente los permisos, lo que se consideró ilegal y arbitrario, ya que el actor había operado su negocio cumpliendo siempre con la normativa vigente durante más de 6 años.
La Corte de Apelaciones de La Serena acogió la acción de protección interpuesta, destacando que la recurrida no había recibido el pago de la patente para el segundo semestre de 2023, lo que constituía una vulneración del derecho del actor de ejercer su actividad económica en el bien nacional de uso público en virtud de un permiso precario que seguía vigente.
La Municipalidad de Coquimbo se allanó a la acción de protección y reconoció que se recibiría el pago de la patente comercial. Sin embargo, el recurrente informó que no se le permitió efectuar dicho trámite en tres ocasiones en agosto. Dada la falta de recepción de pago de la patente, la Corte Suprema confirmó la sentencia y dictaminó que la conducta de la Municipalidad vulneraba el derecho del actor de ejercer su actividad económica.
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La Tercera Sala de la Corte Suprema , en la causa rol N° 217.334-2023, ha confirmado una sentencia relevante en la que se acoge una acción de protección interpuesta contra la Ilustre Municipalidad de Coquimbo.
El fallo dicta que la Municipalidad debe recibir efectivamente el pago del permiso municipal correspondiente al segundo semestre de este año. Además, se le ordena evitar cualquier acto abusivo que pueda representar un maltrato al que interpuso la demanda, dada su situación de discapacidad.
El caso se originó en la decisión de la Municipalidad de Coquimbo de prohibir el pago de patentes municipales relacionadas con la venta de frutos secos, confites, bebidas no alcohólicas, patentes de comida al paso y ocupación de bienes nacionales de uso público de 6 metros.
El recurrente, J.E.A.A, acudió a la Municipalidad para pagar la patente correspondiente al segundo semestre de 2023 el 18 de julio, pero se le negó el pago. Un funcionario municipal le informó que primero debía obtener nuevamente los permisos, lo que se consideró ilegal y arbitrario, ya que el actor había operado su negocio cumpliendo siempre con la normativa vigente durante más de 6 años.
La Corte de Apelaciones de La Serena acogió la acción de protección interpuesta, destacando que la recurrida no había recibido el pago de la patente para el segundo semestre de 2023, lo que constituía una vulneración del derecho del actor de ejercer su actividad económica en el bien nacional de uso público en virtud de un permiso precario que seguía vigente.
La Municipalidad de Coquimbo se allanó a la acción de protección y reconoció que se recibiría el pago de la patente comercial. Sin embargo, el recurrente informó que no se le permitió efectuar dicho trámite en tres ocasiones en agosto. Dada la falta de recepción de pago de la patente, la Corte Suprema confirmó la sentencia y dictaminó que la conducta de la Municipalidad vulneraba el derecho del actor de ejercer su actividad económica.
Este fallo resalta la importancia de garantizar que los ciudadanos puedan ejercer sus actividades comerciales dentro del marco legal establecido y protege los derechos del actor, especialmente dada su situación de discapacidad.
Referencias:
- Corte de Apelaciones de La Serena, Rol N° 1836-2023.
- Corte Suprema de Chile, Rol N° 217.334-2023.
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