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Opinión | Ley Karin: el respeto también es parte de un trabajo seguro

Cuando hablamos de seguridad y salud en el trabajo, muchas veces pensamos primero en prevenir accidentes o evitar la exposición a riesgos físicos. Sin embargo, un entorno laboral seguro también depende de la forma en que las personas se relacionan y de la capacidad de las organizaciones para prevenir situaciones que puedan afectar su dignidad y bienestar.

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|31 de agosto de 2026|4 minutos de lecturaAgregar El Coquimbano
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Por Marisol Villalobos, directora regional (s) del Instituto de Seguridad Laboral de Coquimbo

Cuando hablamos de seguridad y salud en el trabajo, muchas veces pensamos primero en prevenir accidentes o evitar la exposición a riesgos físicos. Sin embargo, un entorno laboral seguro también depende de la forma en que las personas se relacionan y de la capacidad de las organizaciones para prevenir situaciones que puedan afectar su dignidad y bienestar.

Ese es uno de los cambios que ha impulsado la Ley 21.643, conocida como Ley Karin, al reforzar la prevención del acoso sexual, el acoso laboral y la violencia en el trabajo. Su aplicación nos plantea un desafío que va más allá de contar con procedimientos para actuar cuando ocurre una denuncia: obliga a las entidades empleadoras a anticiparse a estas situaciones y gestionar los factores de riesgo que pueden favorecerlas.

Para ello, la normativa establece la obligación de contar con un protocolo de prevención que considere la identificación y evaluación de los riesgos psicosociales, medidas para prevenirlos y controlarlos, acciones de información y capacitación, además de mecanismos que resguarden la privacidad y honra de las personas involucradas.

También introdujo cambios importantes en la manera de comprender el acoso laboral. Hoy una conducta de agresión u hostigamiento no necesita necesariamente repetirse en el tiempo para ser considerada como tal. Puede manifestarse una sola vez, siempre que concurran los demás elementos establecidos por la legislación, entre ellos que produzca menoscabo, maltrato o humillación, o que amenace o perjudique la situación laboral de la persona afectada.

A ello se suma el reconocimiento de la violencia en el trabajo ejercida por terceros ajenos a la relación laboral. Una agresión proveniente de clientes, proveedores o personas usuarias, por ejemplo, también constituye un riesgo que debe ser considerado cuando ocurre con ocasión de la prestación de servicios.

Durante este año se dio un nuevo paso en esa dirección. El Cuestionario de Evaluación del Ambiente Laboral–Salud Mental de la Superintendencia de Seguridad Social (CEAL-SM/SUSESO) incorporó dos preguntas relacionadas con violencia y acoso, que permiten recoger información sobre situaciones de violencia o maltrato ejercidas por terceros vinculados al trabajo e identificar quién habría ejercido la agresión.

Contar con esta información permite comprender mejor los riesgos presentes en cada espacio laboral y, a partir de esa realidad, adoptar medidas preventivas pertinentes. Porque las condiciones y relaciones de trabajo no son iguales en una oficina, un comercio, un establecimiento educacional o un lugar donde existe atención permanente de público.

Al mismo tiempo, es necesario distinguir el acoso laboral de aquellas situaciones propias de la organización del trabajo. Una diferencia de opinión, una evaluación de desempeño, la asignación de funciones o una decisión legítima de gestión no constituyen por sí mismas acoso. La clave está en analizar cada situación en su contexto y en que el ejercicio de las facultades de organización se desarrolle siempre respetando la dignidad y los derechos fundamentales de las personas.

Prevenir, investigar y sancionar cumplen así funciones distintas, pero complementarias. Como Instituto de Seguridad Laboral, nuestro rol se encuentra especialmente en el ámbito preventivo, entregando asistencia técnica a las entidades empleadoras adheridas para que puedan identificar sus riesgos y avanzar en ambientes de trabajo más seguros y saludables.

La Ley Karin nos recuerda, finalmente, que la seguridad laboral no se limita a evitar accidentes. También significa construir espacios donde las personas puedan desempeñar sus labores con respeto y dignidad.

Incorporar esa mirada a la gestión cotidiana es una responsabilidad de las organizaciones y una condición necesaria para avanzar hacia una verdadera cultura preventiva.

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