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Fiscalía de Coquimbo acreditó delitos sexuales contra sujeto quien fue condenado a 20 años de presidio

Luego del juicio oral, la Fiscalía de Coquimbo logró que el Tribunal oral en lo Penal de La Serena impusiera una sentencia de 20 años contra un sujeto por dos delitos de abuso sexual y uno de violación contra una menor de 14 años, en hechos ocurridos el año 2011 y 2013.

Los hechos fueron investigados por la Fiscalía que acreditó con medios de prueba documentales y testimoniales los hechos.

El fiscal de Coquimbo, Claudio Sobarzo, dijo que “se condenó al imputado por los delitos  contra una de sus hijas. En este caso en particular un abuso sexual impropio, un abuso sexual calificado y un delito de violación impropia”, dijo.

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|7 de abril de 2026|2 minutos de lecturaAgregar El Coquimbano
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Luego del juicio oral, la Fiscalía de Coquimbo logró que el Tribunal oral en lo Penal de La Serena impusiera una sentencia de 20 años contra un sujeto por dos delitos de abuso sexual y uno de violación contra una menor de 14 años, en hechos ocurridos el año 2011 y 2013.

Los hechos fueron investigados por la Fiscalía que acreditó con medios de prueba documentales y testimoniales los hechos.

El fiscal de Coquimbo, Claudio Sobarzo, dijo que “se condenó al imputado por los delitos  contra una de sus hijas. En este caso en particular un abuso sexual impropio, un abuso sexual calificado y un delito de violación impropia”, dijo.

Respecto a los medios de prueba, el fiscal agregó que fueron importantes los “testimoniales de la víctima, la prueba documental que acreditó con medios de prueba documentales y testimoniales los hechos” que de acuerdo a la sentencia sucedieron en un domicilio determinado y en un lugar laboral.

El imputado fue condenado además a la privación de la patria potestad si la tuviere o a la inhabilitación para obtenerla, así como la privación de todos los derechos que la ley le confiere sobre la persona ofendida, sus bienes, de sus ascendientes y descendientes, la interdicción del derecho de ejercer la guarda y ser oído como pariente y a la sujeción de la vigilancia durante los 10 años siguientes al cumplimiento principal de la condena.

Cabe señalar que el tribunal dispuso la anonimización de la sentencia.

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