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Sernapesca presentará denuncia por hostigamiento a delfines en Guanaqueros

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|25 de febrero de 2026|2 minutos de lecturaAgregar El Coquimbano
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En los últimos días, la Dirección Regional del Servicio Nacional de Pesca y Acuicultura (Sernapesca) en Coquimbo, recibió una denuncia ciudadana por una abierta infracción al reglamento que establece las distancias de observación de fauna marina protegida desde embarcaciones. Cabe recordar que el incumplimiento de las distancias mínimas es una conducta ilegal.

Los hechos ocurrieron en la Playa del Encanto, en el balneario de Guanaqueros, donde una persona grabó un video a una moto de agua que pasó por encima de un grupo de delfines que se encontraban en superficie. La embarcación efectuó maniobras reiteradas de cruce a corta distancia de los ejemplares, constituyéndose una situación de hostigamiento a estas especies de fauna marina protegida.

Por esta razón, la Dirección Regional presentará una denuncia ante los tribunales civiles, en contra de un centro turístico de Guanaqueros que es propietario de las motos de agua involucradas en los hechos, por las infracciones a la normativa vigente de observaciones. Al mismo tiempo, se informó de lo ocurrido al Servicio de Biodiversidad y Áreas Protegidas (SBAP) para que se hagan parte de las acciones de fiscalización; y se oficiará a los operadores turísticos de la región, que realizan este tipo de actividades para que respeten las distancias de observación.

Ricardo Sáez, jefe de la Unidad de Conservación y Biodiversidad de Sernapesca, recordó que “en el caso de aves y mamíferos marinos, cetáceos menores como delfines, toninas y marsopas; y tortugas marinas, la distancia de observación es de 50 metros. Para el caso de cetáceos mayores como la ballena jorobada y el cachalote, la distancia es de 100 metros y en el caso de las ballenas azules, la distancia de observación es de 300 metros. Solo en el caso de la ballena franca austral, al estar en estado crítico de conservación, se le puede observar desde la costa, no desde el mar.

“En Chile es ilegal no cumplir con las distancias mínimas de observación, como también por acosar, alimentar, capturar o matar cetáceos y otros animales marinos. Por esta razón, se pueden cursar multas a los infractores que pueden oscilar entre las 3 y las 300 unidades tributarias mensuales”, finalizó.

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