Comunales
Juzgado de Garantía de Coquimbo ordena la prisión preventiva de imputado por femicidio
El Juzgado de Garantía de Coquimbo dejó hoy –jueves 8 de enero– sujeto a la medida cautelar de prisión preventiva a J.A.D.N., imputado por el Ministerio Público como autor del delito consumado de femicidio íntimo. Ilícito perpetrado el viernes de la semana recién pasado, en la comuna.
El Juzgado de Garantía de Coquimbo dejó hoy –jueves 8 de enero– sujeto a la medida cautelar de prisión preventiva a J.A.D.N., imputado por el Ministerio Público como autor del delito consumado de femicidio íntimo. Ilícito perpetrado el viernes de la semana recién pasado, en la comuna.
En la audiencia de formalización, la magistrada Carolina Baroncini Gálvez ordenó el ingreso en prisión de J.A.D.N. por considerar que la libertad del imputado constituye un peligro para la seguridad de la sociedad. Además, fijó en 90 días el plazo de investigación.
Según el ente persecutor, desde marzo de 2025 J.A.D.N. se relacionó sentimental con la víctima, con la que comenzó a convivir en junio pasado en un domicilio ubicado en el sector de Tierras Blancas de la comuna de Coquimbo. En dicho contexto, el imputado golpeó en diversas ocasiones a la víctima la que, por ejemplo, concurrió el 19 de diciembre de 2025, al Cesfam de Tierras Blancas, centro asistencial que le brindó atención médica y la derivó a su domicilio alrededor de las 22:00 horas.
Posteriormente, el imputado volvió a golpear con un elemento contuso a su pareja en cuerpo y cabeza, por lo tuvo que ser ingresada al hospital de Coquimbo el 28 de diciembre, lugar donde falleció el 2 de enero de 2026 a las 12:30 horas debido a un traumatismo craneoencefálico.
Al resolver la privación de libertad del imputado, la jueza Baroncini Gálvez sostuvo que, conforme a los antecedentes que se han aportado, es altamente probable que actuó con dolo, pues al golpear a la víctima en la zona del cráneo, se debió representar que podía causarle la muerte, como finalmente ocurrió.
“No estamos en la especie dictando una sentencia condenatoria en contra del imputado, no se está estableciendo con certeza su responsabilidad penal, sino que hoy lo que se requiere es establecer que existen suficientes presunciones de la existencia del delito y de la participación del imputado, y entiendo, con los antecedentes que se han expuesto, que aquellas resultan establecidas”, agregó.
“Teniendo en cuenta, entonces, que además existe esta actitud previa del imputado que anteriormente ha agredido a otras mujeres. A juicio del tribunal constituye un peligro que podría coincidir con aquello que nuestro legislador señala como peligro para la seguridad de la sociedad, tanto por la pena asignada al delito, por la actitud previa del imputado, por la condena que mantiene, por la causa que mantiene pendiente y, por esa razón entonces, se hace lugar a lo solicitado y se va a disponer su prisión preventiva”, ordena.
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